El Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública ha publicado este jueves una resolución por la que las llamadas comerciales deberán realizarse, a partir de octubre, desde una numeración de nueve dígitos que comience por el código 400. La medida busca que los usuarios identifiquen con más facilidad este tipo de comunicaciones.
Según ha explicado el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, Óscar López, las operadoras obligarán desde octubre a que todas las empresas efectúen sus llamadas comerciales con esa numeración específica. La resolución, publicada en el Boletín Oficial del Estado, atribuye al segmento 400 un uso concreto dentro del Plan Nacional de Numeración Telefónica para reforzar la claridad en el empleo de los recursos públicos de numeración, facilitar la identificación de estas comunicaciones y promover un uso más eficiente de esos recursos.
La nueva numeración estará operativa en seis meses y, desde ese momento, los operadores bloquearán las llamadas comerciales que no se realicen desde el rango asignado. Con ello se da cumplimiento a la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, aprobada en diciembre, que ya incluía la obligación de que estas llamadas contaran con un código numérico específico.
Los números que comiencen por 400 serán unidireccionales, por lo que los usuarios solo podrán recibir llamadas y no devolverlas. El objetivo es reforzar la protección de la clientela y evitar posibles prácticas fraudulentas asociadas a la devolución de llamadas a números desconocidos.
López ha precisado que esta numeración no sustituye a los canales de atención al usuario. Para ese fin, seguirán utilizándose los números 800 y 900, además de los números geográficos, tal y como recoge otra resolución publicada también este jueves por el Ministerio. Esa norma establece que las llamadas de atención al cliente solo podrán realizarse desde números cortos específicamente atribuidos, desde los rangos gratuitos 800 y 900 o desde numeración geográfica.
La orden ministerial contra las estafas de suplantación de identidad mediante llamadas telefónicas o envío de SMS, que entró en vigor en marzo del año pasado, ya había atribuido los rangos 800 y 900 para la atención al cliente y había prohibido el uso de numeración móvil con ese fin. La nueva resolución concreta ahora de forma expresa los rangos permitidos.
El ministro ha recordado además que el Gobierno aprobó en diciembre una ley de protección al consumidor y un plan de lucha contra las estafas telefónicas y de refuerzo de la identificación. En ese marco, ha señalado que las medidas adoptadas hasta ahora han permitido bloquear 192 millones de llamadas y 17 millones de SMS.
La resolución también recoge que los operadores de telecomunicaciones podrán ofrecer a sus clientes la posibilidad de desconectar el servicio de llamadas comerciales prestado a través del rango 400. Si un usuario recibe llamadas comerciales desde una numeración no atribuida para ese servicio, podrá denunciarlo ante la Oficina de Atención al Usuario de Telecomunicaciones o ante la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
Además, López ha avanzado que la CNMC contará desde el 7 de junio con una base de datos oficial de códigos alfanuméricos utilizados por empresas y administraciones públicas como identificadores en los SMS. Desde esa fecha, los operadores bloquearán los mensajes que procedan de alias no registrados.