Las consultas relacionadas con vuelos y derechos de los pasajeros han aumentado un 18% en los últimos dos meses, según datos de reclamador.es. La compañía online de servicios legales atribuye este incremento a la crisis en Oriente Medio y a la preocupación de los viajeros por el posible impacto del conflicto y de la subida del precio de los combustibles en sus vuelos.
Desde el inicio de las hostilidades en Irán, las dudas de los pasajeros han ido evolucionando. En los primeros días, las consultas se centraron principalmente en la cancelación inmediata de vuelos y en la seguridad de los trayectos que sobrevolaban la zona afectada. Más adelante, tras confirmarse el cierre del espacio aéreo de determinados países, el interés se desplazó hacia los viajes contratados para semanas posteriores, especialmente por el temor a cambios en escalas o pérdida de conexiones.
Cancelaciones e indemnizaciones
Según reclamador.es, la principal preocupación de los viajeros es la posibilidad de que se produzcan cancelaciones masivas de vuelos por el encarecimiento del combustible. La compañía recuerda que no todas las cancelaciones generan los mismos derechos para los pasajeros. Las cancelaciones motivadas por seguridad aérea, cierre del espacio aéreo o inestabilidad geopolítica se consideran causas de fuerza mayor y, en principio, no dan derecho a compensación económica.
Sin embargo, reclamador.es advierte de que la situación cambia si la aerolínea cancela vuelos por motivos económicos derivados del coste del queroseno. En ese caso, al tratarse de un coste operativo y de un riesgo empresarial, el pasajero podría tener derecho a una indemnización de hasta 600 euros, además del reembolso del billete o transporte alternativo.
María Carrión, manager de los equipos de atención al cliente y comercial de reclamador.es, subraya que “es muy importante distinguir entre una cancelación por seguridad aérea debido a la guerra, considerada fuerza mayor, y una cancelación por inviabilidad económica debido al coste del queroseno”.
Para que exista derecho a compensación económica, la cancelación debe comunicarse con menos de dos semanas de antelación. En ese supuesto, el viajero tendría derecho tanto a la indemnización correspondiente como al reembolso íntegro del billete o a ser reubicado en otro vuelo, a elección de la persona afectada.
Si la aerolínea informa de la cancelación con más de 14 días de antelación, su obligación será reubicar al pasajero o devolver el importe del billete, pero no necesariamente abonar una compensación adicional. De esta forma, reclamador.es insiste en la importancia de que los viajeros conozcan sus derechos y sepan diferenciar entre las cancelaciones provocadas por circunstancias extraordinarias y aquellas derivadas de decisiones económicas de las compañías aéreas.