Europa aprueba la Ley de Mercados Digitales y pone límites a las Big Tech

El texto acordado por la Comisión, el Parlamento y el Consejo europeos establece la obligación para estas compañías de contar con el consentimiento explícito del usuario para realizar campañas segmentadas con datos personales.

Después de una negociación que ha durado más de ocho horas, la Comisión, el Parlamento y el Consejo europeos han alcanzado un acuerdo para aprobar la Ley de Mercados Digitales (DMA, por sus siglas en inglés), que añade nuevas limitaciones a las grandes plataformas tecnológicas y otorga poder sancionador a la Comisión Europea (CE). 

Según han anunciado las tres instituciones, la Ley de Mercados Digitales, aprobada el pasado diciembre en el Parlamento Europeo, pondrá en la lista negra algunas prácticas empleadas por las grandes plataformas que actúan como guardianes (gatekeepers) en internet y permitirá a la CE iniciar investigaciones de mercado y sancionar comportamientos que no cumplan con la ley. 

“La Ley de Mercados Digitales pone un final al creciente dominio de las Big Tech”, ha señalado Andreas Schwab, portavoz del Comité de Protección del Consumidor y Mercado Interno del Parlamento Europeo. “Desde ahora, deben mostrar que también permitirán una competición justa en internet. Las nuevas reglas ayudarán a reforzar este principio básico. Europa se asegura así más competitividad, más innovación y más elección para los usuarios”. 

Interoperabilidad y limitación de uso de datos personales

Entre las medidas acordadas en la reunión a tres, los legisladores europeos han establecido que los servicios más grandes de mensajería, como WhatsApp, Facebook Messenger o iMessage, tendrán que abrirse e interoperar con plataformas de mensajería más pequeñas, si se les pide permiso. 

Esto, aseguran, permitirá a los usuarios tanto de pequeñas como de grandes apps de mensajería, ser capaces de intercambiar mensajes, enviar documentos o hacer videollamadas a través de ellas, ofreciéndoles así más alternativas. Dicha interoperabilidad se dará, de momento, en estas apps. Para las redes sociales, se evaluará esta apertura en un futuro, indican. 

El texto pone el foco también en la publicidad personalizada. En este caso, los gatekeepers solo podrán emplear datos personales para publicidad segmentada si cuentan con el consentimiento explícito del usuario. Se suma que los usuarios puedan elegir libremente el navegador, asistente virtual o motor de búsqueda que vayan a emplear. 

Plataformas con más de 45 millones de usuarios europeos

La norma define un gatekeeper como aquella gran compañía que proporciona los llamados servicios core de plataforma y que son más propensas a llevar a cabo prácticas empresariales anticompetitivas – señalando como ejemplo a las redes sociales y a los buscadores-, con una capitalización de mercado de, al menos, 75.000 millones de euros o ingresos anuales de 7.500 millones. Además de proporcionar ciertos servicios que cuenten con, al menos, 45 millones de usuarios mensuales en la Unión Europea y 10.000 usuarios corporativos

Si un gatekeeper no cumple con alguna de las normas de la DMA, la Comisión podrá imponer multas de hasta un 10% del total de ingresos globales del año fiscal precedente, y de hasta un 20%, en caso de infracciones repetidas. Si tales incumplimientos se vuelven sistémicos, la CE podrá prohibir la adquisición de otras empresas por parte de estas compañías durante un cierto periodo de tiempo. 

El texto aprobado por las tres instituciones se revisará por los juristas-lingüistas y deberá ser aprobado por el Parlamento y el Consejo europeos. La DMA entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial de la Unión Europea y será de aplicación seis meses después.