El nuevo marco jurídico del comercio electrónico en España

El anteproyecto aprobado establece un nuevo marco legal para contratos a distancia y contratos firmados fuera de un establecimiento mercantil.

El anteproyecto aprobado establece un nuevo marco legal para contratos a distancia y contratos firmados fuera de un establecimiento mercantil. La reforma, según los expertos, la reforma aumentará el nivel de protección de los consumidores de todos los consumidores de los estados miembros, sentándose las bases para la creación de un mercado interior del comercio electrónico en la Unión Europea.

Según los expertos en compras online seguras Trusted Shops, respecto al marco legal anterior, los principales cambios que conllevará la nueva ley en la relación entre el consumidor y el empresario son los siguientes:

1.Información previa al contrato: Se incrementa la información que se debe facilitar a los consumidores en los contratos a distancia y fuera del establecimiento del empresario.

2. Plazo de desistimiento: El plazo para ejercer el derecho de desistimiento pasa a ser 14 días naturales para todos los Estados miembros. De no facilitarse información previamente, el período de desistimiento finalizará 12 meses después de la fecha de expiración del período de desistimiento inicial.

3.Modelo informativo sobre el derecho de desistimiento: Se introduce un nuevo modelo informativo sobre el derecho de desistimiento para todos los Estados miembros.

4.Formulario de devolución: Se introduce un formulario de desistimiento que deberá facilitarse junto con la información previa al contrato.

5.Excepciones del derecho a la devolución: Se aumentan y amplían las excepciones del derecho de desistimiento, por ejemplo con los bienes precintados que no sean aptos para ser devueltos por razones de protección de la salud o de higiene y que hayan sido desprecintados tras la entrega.

6.Consecuencias del desistimiento: Consumidor y empresario deberán restituirse recíprocamente las prestaciones antes de que transcurran 14 días naturales desde la comunicación del desistimiento. Se introduce un derecho de retención a favor del empresario, el cual puede retener el reembolso del precio hasta haber recibido los bienes o una prueba de su devolución. Este derecho de retención no se aplica si el empresario se ha ofrecido a recoger los bienes.

7.Costes de envío originario: En caso de devolución, el empresario reembolsará al consumidor los costes de envío originario salvo que el consumidor haya seleccionado una modalidad de entrega diferente a la ordinaria.

8.Botón de pedido: El botón de pedio ha de indicar claramente que el cliente se obligó al pago (p. ej. ““comprar ahora” o “ “pedido con obligación de pago”). En caso contrario, el consumidor no quedará obligado por el contrato.

9.Cargas encubiertas: Se incluyen disposiciones contra las llamadas “cargas encubiertas”. El consumidor ha de otorgar de forma expresa su consentimiento para todo pago adicional a la obligación contractual principal. De haberse seleccionado por defecto el pago adicional, (p. ej. si la casilla de contratación de un seguro de viaje se encuentra m arcada por defecto) el consumidor tendrá derecho al reembolso del mismo. Además, queda prohibido facturar por los medios de pago cargos superiores a los asumidos por el empresario.

10.Líneas de atención al cliente: En caso de que el empresario opere una línea telefónica a efectos de comunicarse con él en relación con el contrato celebrado, el consumidor no estará obligado a pagar más de la tarifa básica.