El Gobierno amplía el veto publicitario al tabaco y a los vapeadores

La prohibición abarcará todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras, Internet y cualquier promoción directa o indirecta.

La reforma también restringe la comunicación comercial en los puntos de venta.

El Consejo de Ministros comunicó el pasado 21 de julio el proyecto de ley del tabaco, una reforma que refuerza las restricciones aplicadas a la publicidad, la promoción y el patrocinio de los productos del tabaco, los dispositivos destinados a su consumo y otros artículos relacionados. El texto será remitido a las Cortes Generales para iniciar su tramitación parlamentaria.

La prohibición abarcará todos los medios y soportes, incluidas las máquinas expendedoras, Internet y cualquier modalidad de promoción directa o indirecta. La medida afectará tanto al tabaco tradicional como a los cigarrillos electrónicos con o sin nicotina, los productos a base de hierbas para fumar o shisha y otros artículos que imitan el acto de fumar o se vinculan con su consumo.

La reforma también restringe la comunicación comercial en los puntos de venta. Los estancos y las tiendas especializadas no podrán realizar acciones promocionales en sus escaparates ni instalar carteles que, por sus características o ubicación, puedan verse o percibirse desde el exterior.

En el ámbito audiovisual, el proyecto impide la emisión de programas, vídeos o imágenes en los que presentadores, colaboradores o invitados aparezcan fumando, consumiendo o mostrando estos productos. Tampoco podrán mencionar o exhibir de forma directa o indirecta marcas, nombres comerciales, logotipos u otros signos que permitan identificarlos.

El texto modifica la Ley General de Comunicación Audiovisual para ampliar la prohibición de las comunicaciones comerciales audiovisuales a los productos relacionados con el tabaco, los dispositivos empleados para consumirlos y las empresas que los fabrican. Esta limitación se suma a las restricciones de patrocinio ya previstas para el tabaco y extiende su alcance a las nuevas categorías de consumo.

La norma forma parte del Plan Integral de Prevención y Control del Tabaquismo 2024-2027 y adapta la legislación a la expansión de productos como los cigarrillos electrónicos. Según la encuesta ESTUDES 2025, el 49,5% de las personas de entre 14 y 18 años ha probado alguna vez estos dispositivos, mientras que su consumo durante el último mes ha pasado del 14,9% en 2019 al 27,1% en 2025.

La reforma también amplía los espacios sin humo a las terrazas de establecimientos de restauración, las playas, las piscinas colectivas, las instalaciones deportivas y los recintos donde se celebren espectáculos públicos, incluidos conciertos y otros eventos al aire libre.

La futura ley entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El proyecto establece un plazo adicional de dos meses para adaptar la señalización de los espacios afectados por las nuevas prohibiciones.