La industria tecnológica, los consumidores, internautas y startups muestran su rechazo a la propuesta de Directiva de Copyright impulsada por la Comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo e instan al Gobierno de España, que ha pedido a los eurodiputados de nuestro país el apoyo a esta normativa sobre derechos de autor en el Mercado Único Digital, a cambiar su postura.
Pedro Mier, presidente de AMETIC; Carina Szpilka, presidenta de Adigital; José Luis Colás Giraldos, presidente de iCmedia; José Carrero García, presidente de ASGECO Confederación; Carlos Mateo, presidente de la Asociación Española de Startups; y y Víctor Domingo, presidente de la Asociación de Internautas se han unido para mostrar su postura contraria a la Directiva y manifestar su sorpresa y decepción ante la postura del Gobierno sobre esta. En su opinión, además, es «particularmente preocupante que no se ha contado con la opinión de los demás interesados, representantes de la industria tecnológica, usuarios, consumidores, internautas y startups».
A lo largo de la tramitación parlamentaria, se ha producido una enorme movilización por parte de muchas organizaciones ciudadanas, civiles y de internautas criticando esta propuesta de directiva. Estas se han multiplicado tras el cierre en protesta por parte de Wikipedia el día 4 de julio y el rechazo del Parlamento Europeo a la propuesta el pasado
Las citadas asociaciones defienden que los autores deben ser justamente remunerados, para ello existen «otras medidas que pueden garantizar este derecho sin ser tan perjudiciales para el desarrollo del Mercado Único digital, la economía innovadora y para el respeto de otros derechos fundamentales».
Implicaciones negativas
En un escrito remitido a la prensa por las citadas asociaciones han recogido las que, a su juicio, las principales implicaciones negativas de la Directiva de Copyright:
• La redacción actual de la propuesta supone, de facto, una obligación de filtrado convirtiendo a los proveedores en “policías” de la web, debiendo monitorizar y filtrar activamente los contenidos compartidos por usuarios, con fuertes obligaciones para la detección y eliminación de contenidos que puedan estar protegidos por derechos de autor, al reinterpretar el concepto de comunicación pública y hacer responsable al proveedor. Esta medida perjudica a la creación de contenidos generados por los usuarios, tanto en las redes sociales como en otros servicios en línea para compartir contenidos, dificulta el ejercicio de derechos fundamentales y supone una importante barrera de entrada a nuevas empresas, debido a la dificultad práctica y las inversiones necesarias para poner en marcha estos sistemas.
• Perjudica la libertad de expresión en Internet, limita el derecho de acceso a la información y afecta de lleno a la privacidad e intimidad, acceso a la cultura y al derecho de libertad de negocio. La propuesta eleva los derechos de autor por encima de otros derechos fundamentales.
• Convierte a las empresas proveedoras en jueces de las posibles infracciones, al mismo tiempo que presupone que los usuarios vulneran los derechos de propiedad intelectual. Los expertos en Ética y Derecho de la Información siempre han defendido la eficacia de la autorregulación o la co-regulación.
• Supone un riesgo de fragmentación en la transposición de la Directiva en cada país, lo que minaría el Mercado Único Digital que se pretende.
• Establecería un cambio radical en la regulación, frente a la seguridad jurídica que ha aportado durante más de una década la Directiva de Comercio Electrónico, trasladando la responsabilidad del contenido a la plataforma, mero proveedor del servicio de alojamiento de contenidos.
De esta forma, AMETIC, ADigital, iCmedia, ASGECO Confederación, la Asociación Española de Internautas solicitan al Gobierno, por un lado, que reconsidere la postura trasladada y explore medidas de auto y co-regulación (compliance), y a los eurodiputados españoles, por otro, que busquen un equilibrio entre los derechos de autor y los derechos de los ciudadanos y de las empresas innovadoras, teniendo en cuenta que:
1. El control sobre la legalidad de los contenidos no puede ser sometido o juzgado de forma previa por una autoridad, un algoritmo o una herramienta tecnológica de filtrado: corresponde tan sólo los tribunales aplicar la ley civil o penal en cada caso.
2. Los responsables de actos como plagio o piratería son los autores de tal acto, y no se puede considerar a un servicio de Internet como si fuera un cómplice o cooperador necesario.
3. La defensa del actual régimen de responsabilidad de proveedores de servicios de alojamiento, ya que ha demostrado su eficacia, buena fe y rápida actuación en la protección efectiva de los derechos de autor.