Siguiendo lo planteado en el Reglamento Europeo de Libertad de Medios de Comunicación, aprobado por la Unión Europea el pasado abril y que entrará en vigor en agosto de 2025, el Gobierno ha anunciado la reforma de la Ley de Publicidad Institucional con el objetivo de introducir las medidas planteadas en el texto europeo sobre la distribución de la inversión publicitaria institucional y los sistemas de medición de audiencia.
Según lo publicado en el Plan de Acción por la Democracia, publicado por el Ejecutivo esta semana, la Secretaria de Estado de Comunicación será la responsable de modificar el texto actual de la Ley de Publicidad Institucional para introducir los criterios de transparencia, proporcionalidad y no discriminación de la asignación de inversión publicitaria institucional entre los medios de comunicación. Una orden que ya quedaba contemplada en el Reglamento Europeo de Libertad de Medios de Comunicación, en vigor a partir del próximo año.
En dicho texto también se incoporarán medidas “para garantizar que sistemas de medición de la audiencia y la metodología que utilicen cumplan los principios de transparencia, imparcialidad, inclusividad, proporcionalidad, no discriminación, comparabilidad y verificabilidad», contempladas a su vez en la norma europea. Se suma la obligación de todas las administraciones públicas de informar sobre la inversión publicitaria que realizan cada año.
La Secretaria de Estado de Comunicación también incorporará medidas de apoyo para los medios de comunicación en lenguas co-oficiales, novedad frente al texto europeo. Como también lo es que se vayan a introducir límites a la financiación que las administraciones públicas pueden dedicar a los medios “para que no haya medios impulsados por o dependientes de administraciones”, escriben.
La Ley de Publicidad Institucional pasará a debatirse en las Cortes Generales para su posterior publicación.
Medidas para la rendición de cuentas de los medios
El documento publicado por el Gobierno que dirige Pedro Sánchez también incluye otras medidas contempladas en el Reglamento Europeo, referentes al refuerzo del secreto profesional para proteger las fuentes periodísticas y para prevenir a los periodistas de acosos externos.
Pero también directrices nuevas, como la Reforma de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana – y en concreto, la modificación del artículo 36, apartado 23, sobre la calificación de la sanción por el uso de imágenes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado- o medidas para reforzar la rendición de cuentas de los medios de comunicación.
A este respecto, el Departamento de Seguridad Nacional y el Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes aprobará una Estrategia Nacional de lucha contra las campañas de desinformación, y las Cortes serán las responsables de crear una nueva comisión en el Congreso de los Diputados sobre desinformación.
De igual modo, Presidencia llevará a cabo una reforma integral de los artículos del Código Penal referentes al derecho de libertad de expresión y creación artística, en concreto, “cuando se refiera a las instituciones del Estado, se trate de delitos contra los sentimientos religiosos o de escarnio público u otros supuestos”, para adecuarse a la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en materia de difamaciones y su encaje legal. La reforma pasará después a las Cortes para su aprobación.
Un procedimiento que también seguirá la Ley Orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y de la Ley Orgánica 2/1984 reguladora del derecho de rectificación con el objetivo de “instar y lograr la rectificación de noticias falsas o abiertamente tendenciosas, con indemnizaciones y plazos adecuados”, escriben.