El Gobierno limitará al 35% la publicidad institucional de un medio

La medida forma parte del anteproyecto de Ley de Publicidad del Sector Público, y adapta lo establecido en el Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación, en vigor desde 2024. La norma europea pone el foco en la financiación pública de los medios, obligando a informar sobre el volumen de inversión anual recibida, aunque no establece un porcentaje límite.

El Consejo de Ministros aprobará este martes un límite del 35% a la proporción de ingresos que un medio de comunicación podrá recibir del conjunto de la publicidad institucional y otros fondos públicos. 

La medida, según han confirmado a EFE fuentes del Ministerio de Transformación Digital y Función Pública, se incluirá en el anteproyecto de Ley de Publicidad del Sector Público, que forma parte a su vez de las 31 reformas contempladas en el Plan de Acción por la Democracia, impulsado por el Ejecutivo en septiembre de 2024. 

El anteproyecto incorporará dos ejes centrales. Por un lado, obligará a todos los medios, con independencia de su tamaño, a hacer pública su estructura de propiedad, de modo que lectores, oyentes y espectadores puedan conocer quiénes son sus titulares y detectar posibles conflictos de intereses.

Por otro, establecerá que ningún medio pueda obtener más del 35% de sus ingresos totales de publicidad institucional o dinero público procedente de las distintas administraciones. En un primer momento se planteó un umbral del 30%. 

Según ha explicado el Gobierno en distintas ocasiones, el objetivo es evitar que administraciones autonómicas o locales sostengan proyectos sin viabilidad económica suficiente, con escasa audiencia o limitada captación de ingresos privados, que acaben actuando al servicio de quienes los financian.

De acuerdo con los cálculos que maneja el Ejecutivo, el límite del 35% no afectaría a los principales grupos informativos de distintas líneas editoriales, ya que ninguno superaría ese porcentaje. Sin embargo, podrían verse impactados algunos medios que, según las estimaciones previas del propio Gobierno, obtienen en ciertos casos más de la mitad de sus ingresos de administraciones públicas.

El texto se someterá a consulta pública y podría incorporar ajustes durante su tramitación. El desarrollo reglamentario será determinante para concretar el alcance de la norma y su aplicación práctica.

Adaptación al Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios

El Ejecutivo enmarca la reforma en la adaptación del ordenamiento jurídico español al Reglamento Europeo sobre la Libertad de los Medios de Comunicación, que entró en vigor el 7 de mayo de 2024 y cuya mayoría de disposiciones comenzó a aplicarse el 8 de agosto de 2025 en los 27 Estados miembros.

Esta normativa persigue, entre otros objetivos, reforzar la independencia editorial, proteger las fuentes periodísticas, garantizar el funcionamiento independiente de los medios públicos y aumentar la transparencia sobre la propiedad de los prestadores de servicios de comunicación.

Asimismo, dedica una parte relevante a la publicidad estatal y a los contratos públicos como vía de financiación indirecta. El reglamento advierte de que la asignación opaca o sesgada de estos fondos puede influir en la libertad editorial, generar ventajas políticas o comerciales indebidas y distorsionar la competencia.

Por ello, establece que los procedimientos de financiación deben basarse en criterios transparentes, objetivos, proporcionados y no discriminatorios, previamente publicados. 

También obliga a los Estados miembros a difundir información anual sobre los fondos asignados y sus destinatarios, y a los prestadores a hacer pública información sobre sus titulares, incluida la titularidad estatal directa o indirecta, así como el volumen anual de fondos públicos destinados a publicidad estatal que reciben. Pero no establece un límite máximo de inversión pública que debe recibir un medio.