El Parlamento Europeo aprueba la DSA, prohibiendo los ‘dark patterns’

Como en el texto original de la Comisión Europea, finalmente no se establece la prohibición de la publicidad personalizada, a excepción de cuando la audiencia sea menor de edad o esté basada en categorías especiales de datos.

El Parlamento Europeo ha aprobado por 530 votos a favor, 78 en contra y 80 abstenciones la Ley de Servicios Digitales (DSA, sus siglas en inglés) con pocos cambios respecto al texto entregado por la Comisión Europea. A destacar, la prohibición del uso de patrones oscuros o dark patterns, desaconsejado por la Comisión el pasado diciembre. 

El Parlamento Europeo ha sacado adelante la norma que, junto a la Ley de Mercados Digitales – aprobada en diciembre-, aspira a actualizar las regulaciones de comercio online acorde con los nuevos actores y servicios que se ofrecen a través de internet. Con 530 votos a favor, el texto aprobado servirá de base para las negociaciones con la presidencia francesa del Consejo, representante de los Estados-miembro. 

La ley aprobada ha mantenido el mecanismo de notificación y acción que deberán activar los prestadores de servicios de alojamiento de datos para retirar productos, servicios o contenidos ilegales de las plataformas digitales. Y hacerlo, además, “sin demora indebida, teniendo en cuenta el tipo de contenido ilegal que se está notificando y la urgencia de adoptar medidas”. 

En este apartado, los eurodiputados han incluido unas salvaguardias más estrictas con el fin de garantizar que las notificaciones no se transmitan de forma arbitraria y discriminatoria y respeten los derechos fundamentales, entre ellos la libertad de expresión. 

Por otro lado, la Eurocámara ha insistido en que los consumidores deben poder adquirir productos seguros en los mercados digitales, de ahí que hayan reforzado la obligación de rastrear a los comerciantes y aplicar, por ende, el principio de ‘conozca a su cliente’. 

De igual modo, se mantiene la lista de obligaciones dirigidas únicamente a las consideradas plataformas de muy gran tamaño (VLOPs), ante los riesgos que plantean en la difusión de contenidos ilegales y nocivos. En este sentido, empresas como Google, Facebook o Amazon deberán realizar evaluaciones de riesgos obligatorias; tomar medidas de mitigación de riesgos; llevar a cabo auditorías independientes y presentar de forma transparente los llamados sistemas de recomendación. 

Sobre estos últimos, se añade la obligación de proporcionar al menos un sistema de recomendación que no se base en la elaboración de perfiles (profiling). 

Prohibidos los patrones oscuros

Entre las modificaciones introducidas por los europarlamentarios, destaca la prohibición expresa de emplear patrones oscuros (dark patterns) que “engañen o condicionen a los usuarios para influir en su comportamiento” por parte de las plataformas online. 

Como en el texto original de la Comisión Europea, finalmente no se establece la prohibición de la publicidad personalizada, a excepción de cuando la audiencia sea menor de edad o esté basada en categorías especiales de datos que permitan, señalan, dirigirse a grupos vulnerables. Y se establece la obligación de que denegar el consentimiento no lleve al usuario más tiempo que cuando lo concede. Las plataformas, además, deberán ofrecer otras opciones de acceso, incluida la posibilidad de anuncios sin rastreo.