La protección al menor protagoniza la segunda versión del anteproyecto de la Ley de Comunicación Audiovisual, elaborado por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital y que transpone al ordenamiento jurídico español la reforma europea de 2018 de la Directiva de Servicios de Comunicación Audiovisual.
En la segunda versión publicada en julio, y que supone una ampliación de la norma que el ministerio publicó en noviembre de 2020, se añaden nuevas medidas que garanticen la protección de los menores ante la emisión de determinados contenidos, tanto comerciales como de entretenimiento, y tanto en medios de difusión lineal como a petición.
Entre estas nuevas medidas, la norma pone el foco en las bebidas alcohólicas con una graduación inferior a los veinte grados, como la cerveza o los vinos blanco y tinto.
Según se expone en el apartado 4 del artículo 121, relativa a las Comunicaciones comerciales audiovisuales que fomenten comportamientos nocivos para la salud, está prohibida aquella publicidad que se dirija a menores; asocie el consumo a la mejora del rendimiento físico o la conducción de vehículos; dé la impresión de que su consumo contribuye al éxito social o sexual; o subraye como cualidad positiva de las bebidas su contenido alcohólico.
Y establece una franja horaria en la que será posible emitir este tipo de publicidad, y que iría entre las ocho y media de la tarde y las seis de la mañana.
A esta franja horaria también deben limitarse los anuncios de bebidas alcohólicas con una graduación menor a 20 grados publicados en plataformas OTT y de audio. Un límite que, en opinión de la Asociación Española de Anunciantes (aea) y Adigital supone una contradicción.
“Aplicar unos horarios para las plataformas de intercambio de vídeos no tiene ningún sentido, ya que estas plataformas ya cuentan con sus propios sistemas y filtros para proteger al consumidor”, ha explicado Lidia Sanz, directora general de aea, en uno de los encuentros virtuales organizados por Foro Regulación Inteligente. Y de aprobarse, supondría un retroceso respecto a otro países europeos.
Coincide con Sanz, César Tello, director general de Adigital, quien ha recordado que “las plataformas disponen de los suficientes mecanismos para asegurar el correcto emplazamiento de la publicidad”.
Para Tello, la franja horaria “es un sinsentido. Nadie entiende que un contenido bajo demanda que puedes ver a cualquier hora pueda tener restricciones en función de la hora a la que lo veas”.
En dicho encuentro, la directora general de aea ha expresado el descontento que sienten desde la asociación de los anunciantes con el procedimiento legislativo del gobierno y la falta de consideración con el sector que a su juicio han tenido en la elaboración de esta norma. “No nos sentimos escuchados. Hemos puesto a disposición del gobierno nuestras herramientas, financiación y conocimiento. Seguiremos insistiendo para que nos escuchen”.