La AEPD aprueba un código de autorregulación para los operadores de telefonía

Autocontrol será el organismo encargado de la aplicación del Código de Conducta para la regulación de controversias de protección de datos en el sector de las comunicaciones electrónicas.

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha aprobado el Código de Conducta para la regulación de controversias de protección de datos en el sector de las comunicaciones electrónicas, código de autorregulación promovido por las operadoras de telefonía móvil Telefónica, Vodafone, Orange y MásMóvil (antes de su fusión en MasOrange). 

La agencia ha elegido a Autocontrol como organismo encargado de la aplicación del nuevo código, cuyo propósito es establecer un procedimiento de mediación que permita a ciudadanos y entidades adheridas llegar a un acuerdo, evitando la necesidad de recurrir a procedimientos administrativos o judiciales, si así lo desean. 

Con este fin, recuerdan desde Autocontrol, se introduce un mecanismo gratuito y ágil que busca ofrecer soluciones rápidas y eficaces a las reclamaciones de los usuarios y entidades adheridas. 

Entre los motivos por los que los consumidores podrán reclamar, se citan supuestos de usurpación de identidad, facturación de servicios tras haber solicitado la baja o la inscripción indebida en ficheros de morosos. También, podrán plantear reclamaciones relacionadas con la solicitud de supresión de datos personales de personas fallecidas o con la falta de información o transparencia en las cláusulas informativas de protección de datos que las empresas faciliten. 

Será a partir del 17 de diciembre cuando Autocontrol comience a recibir las reclamaciones presentadas ante la AEPD a las entidades adheridas para tramitarlas a través de un procedimiento de mediación en un plazo máximo de 27 días. Los interesados, además, podrán presentar directamente sus reclamaciones ante Autocontrol, en cuyo caso, el plazo máximo para resolverlas será de 30 días.