En su sentencia del 2 de abril, el Tribunal Supremo anula cinco artículos claves del Real Decreto de 2020 que prohíbe la publicidad de apuestas y juegos de azar, tumbando, en concreto, la prohibición de hacer publicidad para captar nuevos clientes; el uso de celebridades en las campañas y el lanzamiento de las mismas en cualquier medio, incluido Digital.
Según indica el Alto Tribunal en su sentencia, el Real Decreto no cuenta con cobertura legal, ya que la Ley 13/2011 de regulación del juego no estableció ningún criterio sobre el que establecer las prohibiciones publicitarias contempladas en el documento.
De ahí la anulación del artículo 13 apartados 1 y 3, que prohíbe a los operadores de juego hacer publicidad para captar nuevos clientes; el artículo 15, que impide el uso de celebridades en las campañas; el apartado 1 del artículo 23, que impide los anuncios de juego y apuestas en cualquier medio, incluido Digital; el apartado 3 del artículo 25, que limita la promoción del juego a plataformas de vídeo por internet si no tratan de manera exclusiva temas de juego; y los apartados 2 y 3 del artículo 26, que prohíbe la publicidad en redes sociales dirigida a usuarios que ya fueran jugadores.
La sentencia del Tribunal Supremo abre la puerta a la anulación de las sanciones impuestas por la Administración desde la entrada en vigor del Real Decreto, pudiendo quedar suspendidos los expedientes en trámite sin resolución y las sanciones impugnadas.