La asociación empresarial ADigital ha dado acceso a la interfaz de la Lista Robinson, aquella cuyos suscritos solicitan dejar de recibir comunicaciones comerciales, para permitir a las empresas consultar si una persona está dentro de la misma.
El pasado mes de diciembre la Ley Orgánica de Protección de Datos adaptó su normativa a las especificaciones recogidas en la norma europea, el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), operativa desde mayo de 2018. Los cambios regulatorios de cómo deben gestionar las compañías los datos personales de los usuarios ha propiciado a ADigital recordar a las mismas cuándo consultar y cuándo no la llamada lista Robinson.
Y hacerlo además de forma más sencilla. La asociación ha dejado abierta su interfaz de programación de aplicaciones (API) para que cualquier empresa pueda consultar si un usuario al que van a contactar está o no en la lista de exclusión publicitaria. “Va a haber una consulta vía API con datos encriptados. En ningún caso los ficheros de usuarios van a salir de los servidores, tanto de los nuestros como los de la empresa”, ha especificado a IPMARK José Luís Zimmerman, director general de ADigital.
La API servirá asimismo para normalizar de forma automática los datos. Que si un usuario se suscribió a la lista Robinson con Nacho y en la base de datos de una empresa aparezca como Ignacio, el programa le informe a la misma que no puede contactar con el consumidor. Y hacerlo, además, de la manera que mejor le convenga.
“Podría implementarla de distintas formas. Por ejemplo, un call-center, antes de que el operador realice una llamada, puede hacer una consulta a la lista Robinson a través de la API y si la persona a la que van a llamar está, ya no hace esa llamada”, explica Emilio Suárez, ‘legal product manager’ de la agencia.
Para conectar las bases datos de una compañía con la lista de exclusión publicitaria, la asociación ha establecido tres maneras posibles. La más sencilla, la herramienta desarrollada por el propio organismo. “La empresa cogería los datos en un archivo .csv, los introduciría en la herramienta, ésta lee el archivo, lo prepara, hace las consultas a la API, recoge sus resultados y se los entrega de nuevo a la empresa”, señala Suárez. Como único requisito necesario, la colocación de los datos en el archivo de una manera determinada.
La segunda opción, facilitar a las empresas la documentación técnica para que sean éstas las que desarrollen una herramienta propia. Y la tercera, servirse del programa de consulta que ofrezca un tercero.
Cuando consultar la lista Robinson
Pero, ¿cuándo deberán las empresas consultar la lista Robinson? Cuando éstas se acojan al denominado interés legítimo. De acuerdo con Zimmerman, lo que ha cambiado con el nuevo reglamento de protección de datos es el hecho de utilizar datos personales cuando se cuente con el consentimiento expreso. “La lista Robinson se va a tener que consultar siempre y cuando las empresas apelen al interés legítimo para enviar comunicaciones comerciales cuando no tengan ese consentimiento”.
De ahí que la herramienta esté disponible tanto para grandes empresas como para las pequeñas. De hecho, señala el director de ADigital, habrá tarifas reducidas para pymes.
Preguntado acerca del número de nuevos suscritos que solicitan la no recepción de comunicaciones comerciales, Zimmerman afirma que sí se ha visto un incremento considerable en el número de altas en 2018 y en lo que va de año. «Y bastante más de lo que hemos recibido en otras épocas o en otros años», aunque es incierto que la razón haya sido la aprobación de la normativa europea.
La herramienta, desarrollada durante un año y recién en producción, estará completamente operativa dentro de seis meses.