En virtud del acuerdo, la AEPD podrá solicitar a Autocontrol información sobre si una determinada página web, plataforma o aplicación ha obtenido un informe de verificación positivo en el marco del procedimiento de Cookie Advice, el servicio de consultoría técnica y jurídica puesto en marcha por la asociación de autorregulación para ayudar a las empresas y a los responsables de páginas web a adecuarse a las exigencias legales en materia de cookies.
Asimismo, la AEPD podrá solicitar información acerca de si una página web, plataforma o aplicación ha sido objeto de un procedimiento de resolución extrajudicial de controversias en el seno del Jurado de la Publicidad de Autocontrol, en relación con el uso que esté haciendo de las cookies.
En ambos casos, Autocontrol trasladará a la AEPD una copia de las correspondientes actuaciones. Este acuerdo de colaboración no afecta al ejercicio de las competencias de la AEPD en materia de cookies.
Los informes de verificación de cookies positivos de Autocontrol también podrán ser usados por las empresas cuando la AEPD les solicite información y se valorará como un signo de responsabilidad por parte de la empresa.
Por su parte, Autocontrol podrá solicitar la ayuda de la AEPD para emitir dictámenes, estudios, proyectos y resoluciones que afecten a la regulación del uso de cookies.
Además, ambas instituciones podrán llevar a cabo acciones de divulgación, formación o estudios.
Para hacer un seguimiento de la aplicación del acuerdo por ambas partes, se ha creado una Comisión de Seguimiento que estará compuesta paritariamente y se reunirá de forma periódica.